martes, 15 de diciembre de 2015

Decreto Mario Iceta Obispo de Bilbao Sobre el Año de la Misericordia

MARIO ICETA GABICAGOGEASCOA,
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE BILBAO

DECRETO

«Siempre tenemos necesidad de contemplar el misterio de la misericordia. Es fuente de alegría, de serenidad y de paz». Estas palabras del Santo Padre Francisco nos introducen en el Jubileo de la Misericordia para que seamos “misericordiosos como el Padre”. «Hay momentos —afirma el Papa— en lo que de un modo mucho más intenso estamos llamados a tener la mirada fija en la misericordia, para poder ser también nosotros mismos signo eficaz del obrar del Padre» (MV 3).

En la Bula de convocación de este Jubileo Extraordinario el papa Francisco afirma que «la misericordia es la viga maestra que sostiene la vida de la Iglesia». Es necesario, pues, volver a descubrir el sentido y la práctica de las obras de misericordia espirituales y corporales. No se puede olvidar que la misericordia se hace visible en gestos concretos.

El Jubileo de la Misericordia necesita ser celebrado con calidad, sencillez y belleza para que este tiempo que media entre el día 8 de diciembre de 2015 y el 20 de noviembre de 2016, inicio y conclusión del Jubileo, sea para todo el pueblo de Dios «un momento extraordinario de gracia y de renovación espiritual» (MV 3).

En conformidad con lo establecido en la Bula Misericordiae Vultus y la Carta en la que el Santo Padre Francisco concede la indulgencia con ocasión del Jubileo Extraordinario de la Misericordia, DECRETO para nuestra diócesis de Bilbao, lo que sigue:

  1. Los templos jubilares serán la santa iglesia catedral del Señor Santiago y el santuario de Begoña. En ambos templos se posibilitará a los fieles el poder celebrar el sacramento de la Reconciliación.
  2. El día 13 de diciembre (III Domingo de Adviento) será abierta la Puerta Santa de la iglesia catedral y, al mismo tiempo, será inaugurado el Año Jubilar en el santuario de Begoña.
  3. En el Año de la Misericordia, la indulgencia tiene una relevancia especial. Se puede alcanzar, por la misericordia de Dios, la indulgencia plenaria de la pena temporal por los propios pecados y aplicable en sufragio de las almas de los fieles difuntos, con las condiciones de costumbre: arrepentimiento, confesión, comunión sacramental y oración por las intenciones del Papa.
  4. Se lucrará la indulgencia en cualquiera de los dos templos jubilares visitados en peregrinación en los que se participe en alguna celebración, o, al menos, se tenga un tiempo de meditación y se recen el Padre nuestro, el Credo, se invoque a la Virgen María y se ore por las intenciones del Papa.
  5. Quienes no pueden llegar a los templos jubilares por causa justa (p. ej.: personas presas, enfermas, ancianas, impedidas, vida monástica en clausura, etc.), podrán obtener la indulgencia, rezando en su capilla o donde se encuentren, lo dicho en el punto anterior y, si es posible, uniéndose a alguna celebración, también por los medios de comunicación. Será de gran ayuda vivir la enfermedad y el sufrimiento como experiencia de cercanía al Señor que en el misterio de su pasión, muerte y resurrección indica la vía maestra para dar sentido al dolor y a la soledad.
  6. Los presbíteros con licencia para oír confesiones podrán absolver en cualquier lugar de la Diócesis, dentro del sacramento de la Reconciliación, del pecado de aborto a quienes, debidamente arrepentidos, pidan el perdón.
  7. El día 13 de noviembre de 2016 se cerrará la Puerta Santa de la iglesia catedral y se clausurará el Año Jubilar en el santuario de Begoña.

Por intercesión de la Virgen María pedimos con el Papa: «En este Año Jubilar la Iglesia se convierta en el eco de la Palabra de Dios que resuena fuerte y decidida como palabra y gesto de perdón, de soporte, de ayuda, de amor. Nunca se canse de ofrecer misericordia y sea siempre paciente en el confortar y perdonar. La Iglesia se haga voz de cada hombre y mujer y repita con confianza y sin descanso: Acuérdate, Señor, de tu misericordia y de tu amor; que son eternos (Sal 25,6)».

Dado en Bilbao a veintitrés de noviembre de dos mil quince.




X Mario Iceta Gabicagogeascoa
   Obispo de Bilbao

   Por mandato del Sr. Obispo


Félix Mª Alonso Alonso

Canciller

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