lunes, 12 de mayo de 2014

Divorcio y comunión Eucaristica

Aquí abajo va un artículo interesante sobre divorcio y que dice la Iglesia.
Recordemos que la Iglesia es Madre y cada uno tiene sus circunstancias.
INtentare ir subiendo diferentes artículos sobre el tema ya que al mi alrededor también  es algo sobrevuelan muy cerca.

Fuente ; EWT
Preguntas más frecuentes sobre
la Santa Misa y la Liturgia


COMUNION DE LOS DIVORCIADOS Y VUELTOS A CASAR
Divorcio : Por si mismo, el divorcio civil, no es un obstáculo para recibir la comunión. Por ser un acto civil, todo lo que hace, es lograr un acuerdo sobre los resultados civiles y legales del matrimonio (distribución de las propiedades, custodia de los hijos etc.) No obstante y entendida como una acción moral, la separación consciente o abandono de uno de los cónyuges, es un error grave. El Catecismo de la Iglesia aclara, siguiendo las Escrituras, que a Dios le desagradan los divorcios.
Catecismo 2382 : El Señor Jesus insiste en la intención original del Creador que quería un matrimonio indisoluble, y deroga la tolerancia que se había introducido en la ley antigua.
Entre bautizados católicos, " el matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa fuera de la muerte".
CIC 2383 : La separación de los esposos con permanencia del vínculo matrimonial puede ser legítima en ciertos casos previstos por el Derecho Canónico.
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legítimos, el cuidado de los hijos o la defensa del patrimonio, puede ser tolerado sin constituir una falta moral.
CIC 2384 : El divorcio es una ofensa grave a la ley natural. Pretende romper el contrato, aceptado libremente por los esposos, de vivir juntos hasta la muerte. El divorcio atenta contra la Alianza de la salvación de la cual el matrimonio sacramental es un signo. El hecho de contraer una nueva unión, aunque reconocida por la ley civil, aumenta la gravedad de la ruptura: el cónyuge casado de nuevo se halla entonces en situación de adulterio público y permanente:
Si el marido, tras haberse separado de su mujer, se une a otra mujer, es adúltero, porque hace cometer un adulterio a esta mujer; y la mujer que habita con él es adúltera, porque ha atraído a sí al marido de otra.
CIC 2385 : El divorcio adquiere también su carácter inmoral a causa del desorden que introduce en la célula familiar y en la sociedad. Este desorden entraña daños graves : para el cónyuge, que se ve abandonado; para los hijos, traumatizados por la separación de los padres, y a menudo viviendo en tensión a causa de sus padres; por su efecto contagioso, que hace de él una verdadera plaga social.
Aquellos que son causantes, de la separación de un matrimonio y del fracaso de la reconciliación, de ser esta posible, son culpables y han pecado. Tienen la obligación de arrepentirse y confesar sus pecados antes de recibir la Comunión, como haría cualquier pecador.
Por otra parte, para la persona inocente del divorcio el Catecismo dice :
CIC 2386 : Puede ocurrir que uno de los cónyuges sea la víctima inocente del divorcio dictado de conformidad con la ley civil; entonces no contradice el precepto moral. Existe una diferencia considerable entre el cónyuge que se ha esforzado con sinceridad por ser fiel al sacramento del Matrimonio y se ve injustamente abandonado y el que, por una falta grave de su parte, destruye un matrimonio canónicamente válido.

La parte inocente de la ruptura matrimonial, tiene la misma posibilidad abierta de recibir la Comunión como cualquier otro católico, bajo las condiciones usuales (estar libre de pecado mortal en otras áreas de su vida, si no lo está, de acudir al Sacramento de la Penitencia, cumplir con el ayuno Eucarístico etc.)
Volverse a casar. De acuerdo a lo que se menciona en el CIC 2382, un matrimonio ratificado y consumado es indisoluble. Este es un matrimonio donde los votos son intercambiados por dos bautizados, con buena intención y consumado en el acto sexual. Ningún poder en la tierra puede declarar este matrimonio nulo y darle libertad a las parejas de casarse de nuevo. Sin embargo el Tribunal para los Procesos Matrimoniales del la Iglesia Católica tiene el poder para determinar, si el matrimonio había sido consumado y emitir un decreto de Nulidad (mal conocido popularmente como Anulación) cuando el tribunal sentencia que no hubo matrimonio. La persona que recibe un decreto de Nulidad está libre para volverse a casar en la Iglesia ya que el primer matrimonio no fué válido desde el principio. La persona que se vuelve a casar en estas condiciones en la Iglesia puede recibir los Sacramentos en las condiciones usuales.
Con frecuencia personas o parejas que se han vuelto a casar sin un decreto de Nulidad, quieren entrar en la Iglesia, o que siendo católicos en esas mismas condiciones, quieren recibir los Sacramentos de Penitencia o de la Eucaristía. Algunas veces, hasta les aconsejan, que ellos pueden juzgar esta situación, con sus propias conciencias, sin ir al Tribunal.
En referencia a la recepción de la Santa Comunión por personas divorciadas o vueltas a casar, los miembros de la Congregación de la Doctrina para la Fé, en una carta a todos los obispos del mundo de fecha octubre 14, 1994 dice :
La creencia errónea que tiene una persona divorciada y vuelta a casar, de poder recibir la Eucaristía normalmente, presupone que la conciencia personal es tomada en cuenta en el analisis final, de que, basado en sus propias convicciones existió o no existió un matrimonio anterior y el valor de una nueva unión. Esta posición es inaceptable. El matrimonio, de hecho, porque es la imagen de la relación entre Cristo y su Iglesia así como un factor importante en la vida de la sociedad civil, es básicamente una realidad pública.

Con este documento la Santa Sede afirma la contínua teología y disciplina de la Iglesia Católica, de que aquellos que se han divorciado y vuelto a casar sin un Decreto de Nulidad, para el primer matrimonio (indistintamente si fué realizado dentro o fuera de la Iglesia), se encuentran en una relación de adulterio, que no les permite arrepentirse honestamente, para recibir la absolución de sus pecados y recibir la Santa Comunión. Hasta que se resuelva la irregularidad matrimonial por el Tribunal de los Procesos Matrimoniales, u otros procedimientos que se aplican a los matrimonios de los no bautizados, no pueden acercarse a los Sacramentos de la Penitencia ni a la Eucaristía. Como menciona el Papa Juan Pablo II en el documento de la Reconciliación y de la Eucaristía, la Iglesia desea que estas parejas participen de la vida de la Iglesia hasta donde les sea posible (y esta participación en la Misa, adoración Eucarística, devociones y otros serán de gran ayuda espiritual para ellos) mientras trabajan para lograr la completa participación sacramental.

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Respuesta por : Colin B. Donovan, STL

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